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Convegno - Lessicografia bilingue e Traduzione: metodi, strumenti e approcci attuali  
 
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Encarna ATIENZA - Paz BATTANER
Grupo Infolex, IULA, UPF

El verbo deber en los textos de las definiciones lexicográficas

El artículo lexicográfico de los verbos esp. deber, it. dovere, cat. deber, fr. dévoir, en cualquier diccionario monolingüe o bilingüe de estas lenguas, recoge el sentido de deuda material y el sentido de obligatoriedad general, juntamente con su gramaticalización como auxiliar modal. Por ejemplo:

deber1 v. tr.
1
Tener [una persona] una deuda u obligación de pagar o devolver una cantidad de dinero u otra cosa material: ej la empresa debe 15 millones de dólares.
2
Tener [una persona] una obligación moral con otra: ej deber respeto a alguien; perdona, mi buen amigo, que haya demorado tanto la contestación que te debo; le debía a mi abuelo un gran favor.
v. pron. 3 deberse
Tener [alguien] una cosa como una obligación preferente que debe anteponer a sus propios intereses: ej se debe a sus padres.
4 deberse
Tener [una cosa] una causa o ser consecuencia de otra cosa: ej el apagón se debe a una avería.
deber + infinitivo.
Expresa la obligación de realizar lo que indica el infinitivo o la necesidad o conveniencia de que ello se cumpla: ej en el caso de que dudes sobre cómo se escribe una palabra debes acudir al diccionario; debemos anotar este tipo de informaciones; si estoy en contra debo combatir.
deber de + infinitivo.
Ser posible o probable una cosa: ej debe de ser ella; debe de ser cierto; como nunca me quejo, debe de pensar que no hay que ocuparse de mí.
VEASE

a su debido tiempo; deber a cada santo una vela. (DUEAE 2002)

La lengua española, como lengua románica, conoce la construcción modal y la utiliza en la redacción de las definiciones lexicográficas preferentemente bajo las formas del presente de 3ª persona debe (con variaciones como deben, deba, deban, debía, debían, muy pocas en futuro o en condicional), del participio adjetivado debido, -a o del adverbio debidamente. La posibilidad de encontrar fácilmente estas formas en los diccionarios en CD, nos permite seguir su uso en varios diccionarios y determinar el significado con que aparecen las construcciones con deber.

El análisis de la redacción de las definiciones que contienen alguna forma del verbo deber o derivados muestra tres usos de las expresiones con deber y sus variantes:

a) El primero figura marcando condiciones necesarias para el significado de la acepción definida. Por ejemplo, para muchas voces que giran sobre el significado de ‘obligación’, ‘ley’ o ‘derecho’:

perjuicio 2. m. Der. Detrimento patrimonial que debe ser indemnizado por quien lo causa.

b) El segundo señala a qué criterio responde la deuda o la obligatoriedad, según ciertas condiciones gramático-semánticas de las acepciones definidas; ya que estas expresiones aparecen en los argumentos del verbo deber, preferentemente sustantivos no contables, a los que la gramática atribuye un valor de cuantificación indeterminada y de lo que el adjetivo debido, -a antepuesto o el adverbio debidamente advierten. Por ejemplo, la correspondencia entre las partes difiere en grado según a qué pertenezcan las partes:

proporcionar. 1. tr. Disponer y ordenar algo con la debida correspondencia en sus partes. (DRAE 2001)
apreciar
. 5. tr. Reducir a cálculo o medida, percibir debidamente la magnitud, intensidad o grado de las cosas y sus cualidades.

Precisamente, tanto magnitud, como intensidad o grado requieren cuantificación.

c) El tercero aparece en la redacción de las definiciones que presentan estas expresiones modales obligativas cuando alguna ideología determinada se esconde o se hace pasar fácilmente inadvertida, lo que es el objeto de este simposio. Por ejemplo, el significado y el concepto de doctrina cristiana no tiene por qué expresarse como una obligatoriedad ni para los mismos cristianos:

doctrina. ~ cristiana.1. f. La que debe saber el cristiano por razón de sus creencias. (DRAE 2001)

Son expresiones paralelas a las coloquiales de nuestras lenguas: esp. como es debido, cat. com s’ha de fer, it. come si deve, fr. comme il faut, que los lexicógrafos utilizan bajo expresiones más formales en el texto definitorio y que, cuando se utilizan en ciertos dominios morales, responden a creencias subliminales y aparecen con modalidad obligativa.

Es decir, en ciertas condiciones, la modalidad es adecuada y precisa, pues aporta un rasgo obligado o una cuantificación que en los diccionarios no se puede concretar y en los que, sin embargo, conviene advertir de su grado de variabilidad con respecto a una norma. En otras definiciones la modalidad responde a cuestiones ideológicas en que determinadas actitudes, respuestas, valoraciones, etc. se manifiestan tomando estas expresiones subliminales. Son estas muestras de obligatoriedad aparente, las que pueden fácilmente escapar al control lexicográfico, pues responden a ideologías determinadas o a correcciones políticas reinantes interiorizadas, y son las que intentaremos exponer y analizar en la comunicación.

 
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